domingo, 10 de marzo de 2013

REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS (1)


Se han iniciado recientemente las obras de rehabilitación de la iglesia de Santa María, en Castro Urdiales, templo gótico construido entre los siglos XIII-XIV. Una actuación en apariencia lógica y razonable dentro de la labor de protección y conservación de nuestro patrimonio arquitectónico.

Me he interesado por el contenido del Plan Director, que es el documento que, tras un análisis pormenorizado de la edificación, emite un diagnóstico y establece un plan de trabajo sobre las obras que han de llevarse a cabo. Y me he encontrado con algunas consideraciones que me han hecho reflexionar. Del estudio se derivan, básicamente, las siguientes conclusiones:
Primera: el lugar elegido para la construcción de la iglesia, por su exposición a los vientos y su cercanía al mar, no era adecuado.
Segunda: Sus cimientos no se apoyaban sobre un terreno firme, provocando problemas de estabilidad.
Tercera: Su estructura no estaba bien trazada (en aquella época no se podía hablar de “cálculo” en sentido estricto) en relación a su tamaño.
Cuarta: El material elegido para su construcción (tipo de piedra) no poseía la dureza suficiente para soportar las agresiones del entorno físico señalado anteriormente.
Quinta: Algunos elementos ornamentales incorporados aumentaron aún más su debilidad constructiva.

En definitiva, si nos atenemos a estas conclusiones podríamos afirmar que nos encontramos ante un proyecto con una clara calificación de suspenso en su diseño y ejecución. ¿Cuáles son por tanto las cualidades  que la han hecho merecedora de su calificación como Bien de Interés Cultural y de una importante inversión económica para su rehabilitación? ¿El hecho de que se trata de una construcción de estilo gótico? Esa cualidad se la proporciona de forma automática su fecha de construcción, ya que el gótico era el estilo imperante en aquel momento. Pero ya hemos visto que sus características se inclinan claramente en la balanza hacia el platillo de la mala calidad constructiva en su sentido más amplio. Por tanto, ¿es suficiente la antigüedad de una construcción para justificar su protección? Mi respuesta es no. Y sé que muchas personas no estarán de acuerdo con esta afirmación. Creo que, por mi trayectoria en la protección del patrimonio y en proyectos de rehabilitación, no soy sospechoso de mantener una actitud radical de destrucción de nuestro pasado arquitectónico, pero también creo que no todo es recuperable, que solo la fecha de su construcción no avala la “prórroga” indefinida de un edificio.

Quizás sea más razonable, en algunos casos, permitir una muerte digna que empeñarnos en una recuperación imposible (en el caso de la iglesia de Santa María hay mucho que sustituir y poco que recuperar) y temporal de, al menos, aquellos edificios que nacieron ya con carencias de diseño y de ejecución. Pero si alguien encuentra valores que inclinen la balanza en el otro sentido, estoy dispuesto a escuchar.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Quizás también haya que tener en cuenta la memoria histórica que supone para la gente que vive en su entorno.

Bernardo I. García de la Torre dijo...

Puede ser un factor a tener en cuenta, aunque difícilmente evaluable.

Anónimo dijo...

Hola Bernardo,

Vaya por delante que no tengo la mas remota idea de arquitectura,ni de lo costoso y probablemente inutil que pueda resultar sacar adelante ese edificio,pero esa iglesia probablemente sea un simbolo para los de Castro... yo personalmente prefiero que gasten la pasta en eso que en salvar a los bancos.

Un saludo desde la mar !!
Rafa

Bernardo I. García de la Torre dijo...

En esto último estoy de acuerdo contigo. Y no hace falta tener idea de arquitectura para opinar sobre estos temas. Basta con un poco de sentido común, creo yo.

Bienvenido al blog Rafa, aunque ya sabía que lo seguías desde hace algún tiempo, y desde alta mar. Espero verte pronto por tierra.

Buena singladura.